Reglamento de estudios UnADM

¿Sabes ver las constelaciones del cielo de verano?


a) ¿Qué requisitos tendrás que cumplir para solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente?

No adeudar más de tres asignaturas, seguir el plan de estudios en el debido orden, no rebasar el plazo establecido para concluir el plan de estudios. Articulo 9. I, II, III

 

b) ¿En qué casos podrás cursar la carga académica máxima?

Que haya cursado y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, que las asignaturas o módulos estén disponibles para el registro en la plataforma electrónica Artículo 24.I, II, II

 

c) ¿En qué artículo se define la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas?

Las evidencias de aprendizaje deberán ser inéditas y de la autoría de los estudiantes, a través de los instrumentos de evaluación clasificados en evidencias de conocimiento, desempeño y producto. Artículo 29.

Los instrumentos de evaluación permitirán valorar el logro de conocimientos, habilidades y aptitudes desarrolladas por los estudiantes en el marco de cada actividad de aprendizaje de la asignatura o módulo correspondiente Artículo 30.

 

d) ¿Cuántas oportunidades tendrás para cursar una asignatura?

Hasta en un máximo de cuatro ocasiones por asignatura o módulo después de no aprobar en forma ordinaria, o en su caso, el recursamiento. Hasta un máximo de cuatro exámenes extraordinarios. Artículo 33.

 

e) Describe las condiciones por las que se puede causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que te hayas inscrito.

El estudiante podrá solicitar su baja en los tiempos que indique el calendario académico, cuando no pueda continuar con sus estudios de manera regular, Cuando el decida abandonar sus estudios y lo notifique a la Dirección Asuntos Escolares y Apoyo a Estudiantes; Temporal: Cuando interrumpa sus estudios. Artículo 37

El estudiante causará baja definitiva cuando: No se reinscriba en tres periodos académicos consecutivos; No cumpla en tiempo y forma con la entrega de la documentación Artículo 38.

El estudiante causará baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que se haya inscrito, cuando no exista evidencia de actividades como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del bloque. Artículo 40.

 

f) ¿En qué plazo debes cubrir la totalidad del plan de estudios?

Los estudiantes deberán cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su inscripción. Artículo 45.

 

g) ¿En qué artículos están plasmados los derechos, las obligaciones y las causas de responsabilidad de los estudiantes? Identifica y describe una obligación o causa de responsabilidad en la que tendrás que poner especial atención.

Artículo 57.

 

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 58.

Son obligaciones de los estudiantes:

II. Participar activa y conscientemente en el proceso educativo como agente de su propia formación

Artículo 59.

Son causas de responsabilidad de los estudiantes:

III. Comprar y/o vender materiales, contenidos, métodos y software educativos, cuyos derechos pertenezcan a la Universidad


Comentarios

  1. Según las características del trabajo era hacer paráfrasis pero aún así su trabajo está bien hecho y fue de mi agrado, saludos.

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Muchas gracias por tu amable comentario, para mi han sido algunas cosas nuevas que no había hecho y estoy aprendiendo en cuanto a diseño y otras cosas en las que me enfoque que en hacer la paráfrasis, gracias por ver esa área de oportunidad saludos cordiales.

      Borrar
  2. Buenas noches compañera, vamos bien, solo te recomiendo que si vas a agregar imágenes sean relacionadas con el tema, éxito

    ResponderBorrar

Publicar un comentario